Medicaid
Trabajando con el Departamento de Servicios de Asistencia de Medicaid, el gobernador Northam está aumentando el acceso a la atención médica para los 1de Virginia.5 millones de miembros de Medicaid y miles de residentes de bajos ingresos. Estas acciones incluyen:
- Eliminar todos los copagos por servicios cubiertos por Medicaid y Acceso Familiar a la Seguridad del Seguro Médico (FAMIS), incluido el tratamiento relacionado con COVID-19 , así como otra atención médica.
- Garantizar que los miembros actuales de Medicaid no pierdan la cobertura inadvertidamente debido a lapsos en el papeleo o un cambio en las circunstancias.
- Permitir a los miembros de Medicaid obtener un suministro de 90días de muchas recetas de rutina, un aumento respecto del suministro de 30días bajo las reglas anteriores.
- Renunciar a los requisitos de aprobación previa para muchos servicios médicos críticos y promulgar extensiones automáticas para las aprobaciones que ya están vigentes.
- Ampliar el acceso a los servicios de telesalud, lo que incluye permitir el reembolso de Medicaid a los proveedores que utilizan la telesalud con pacientes en el hogar.
Poblaciones vulnerables
- El Departamento de Servicios de Asistencia Médica y el Departamento de Servicios Sociales están preparando opciones para garantizar que las poblaciones más vulnerables tengan acceso continuo a servicios críticos, incluida la posibilidad de atención en el hogar y apoyo alimentario.
- El Departamento de Servicios Sociales está trabajando con socios locales, como despensas de alimentos, para garantizar que nadie pase hambre en caso de cierres prolongados de las escuelas.
Certificado de Exención de Necesidad Pública
El gobernador Northam firmó una orden ejecutiva que otorga a los hospitales y hogares de ancianos la capacidad de aumentar su capacidad de camas sin necesidad de aprobación gubernamental previa, sin que se les emita una nueva exención o sin pasar por trámites burocráticos.
Población involucrada en la justicia
Centros Correccionales Estatales
- El Departamento Correccional de Virginia (VADOC, por sus siglas en inglés) ha cancelado las visitas de delincuentes en todas las instalaciones hasta nuevo aviso. Las visitas por video fuera del sitio todavía están disponibles.
- El Departamento Correccional ha suspendido el traslado de personas de las cárceles locales y regionales por un mínimo de 30 días.
- Está operativa una línea telefónica de información pública específica sobre la COVID-19 con un mensaje actualizado y grabado. El número de teléfono es (804) 887-8484.
- El DOC ha implementado un protocolo de detección para los delincuentes que ingresan a las instalaciones estatales desde las cárceles locales.
- Virginia proporcionó orientación detallada a los centros correccionales y otros lugares de trabajo con respecto a los productos aprobados para lavarse las manos, desinfectar y desinfectar, e instrucciones para el uso adecuado de esos productos para brindar protección contra el COVID-19.
- Información adicional sobre los pasos que se están tomando en las instalaciones correccionales de Virginia está disponible aquí.
Cárceles Regionales y Locales
El gobernador Northam está alentando a los funcionarios de justicia penal locales, incluidos los abogados de la Commonwealth, los abogados defensores, los alguaciles y otros funcionarios de prisiones, a explorar medidas proactivas para combatir la propagación de COVID-19 al tiempo que garantizan la seguridad pública. Estas recomendaciones incluyen:
- Permitir modificaciones de sentencias que pueden reducir la población dentro de las cárceles, como se describe en Va. Código § 19.2-303.
- Desviar a los delincuentes para que no sean admitidos en la cárcel antes del juicio, incluido el uso de citaciones por parte de las fuerzas del orden en lugar de arresto de conformidad con Va. Código § 19.2-74, y el uso de los programas locales previos al juicio, según estén disponibles y teniendo en cuenta la capacidad local.
- Considerando formas de reducir el número de delincuentes de bajo riesgo que se encuentran detenidos sin derecho a fianza en las cárceles.
- La utilización de soluciones alternativas al encarcelamiento, como el monitoreo electrónico en el hogar, de conformidad con Va. Código § 53.1-131.2.